domingo, 23 de noviembre de 2008

Lugar de los Hechos

Lugar de los hechos: "En la investigacion en los casos de delitos, tal lugar no es otro que el real o supuesto de la comisión del acto sometido a indagación y donde suelen quedar los vestigios materiales más importantes de su comisión. Por ello el instructor debe proceder a la inspección del mismo siempre que quepa recoger pruebas o indicios en el lugar si la visita de este permite reconstruir mejor el posible curso de los hechos...."

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